evaristo cultural
revista virtual de arte y literatura
número 5
 
Indice
* Portada / Staff
* Editorial
* Carta Abierta de Evaristo Cultural a la mujer, y al hombre que hacen política en Argentina
* Entrevista a Miguel Espejo
Entre el cosmos y la carne
* Entrevista a Leonardo Oyola
De atorrantes, poligriyos y asesinos
* Entrevista a Diego Agrimbau
El noveno arte y el sur que no miramos
* Entrevista a Antonio Cervi
Día Nacional del Gaucho
* Poesías
por Marcelo Da Cunha
* Entre Discos
por Nicolás Prior
* El Gaucho
por Ch. Lourido, F. Fraschini y M. Castera
* ¡Más respeto que soy tu madre!
por Luis Vives
* Clics Modernos
por Sergio Marcial
* [ Evaristo de Buenos Aires ]
* Tiempo de optar entre futuros imperfectos
por Luis Adrián Vives
* BLOGattis CubanoS
por José María Gatti
* Intersticial
por Roxana Artal
* Con todo respeto
por Osvaldo Gallone
* Voy a esperar hasta que baje un poco el sol
por Mauricio Rongvaux
* No demos vuelta las cosas
por Luis Adrián Vives
* Aráoz y la verdad
por Luis Adrián Vives
* Crónicas de Elric, el emperador albino
por Michael Moorcock
* Reseñas
No demos vuelta las cosas
por Luis Adrián Vives

En el país se está planteando, desde la comunidad judía, una preocupación, la aparición y el accionar de grupos partidarios del antisemitismo. Más allá de los alcances de la expresión, lo que se estaría denunciando es la existencia de un movimiento hostil a los judíos —a los argentinos judíos—. El planteo parecería estar relacionado, a simple vista, con la figura legal de discriminación y, por lo tanto, merece ser atendido.
La discriminación racial o religiosa estaría dada, en todo caso, por determinados actos u omisiones que, precisamente apunten a discriminar por raza, religión u origen étnico. En igual sentido, se entiende por discriminación ideológica, los actos u omisiones determinados por motivos tales como el pensamiento ideológico y la opinión política. Nada de esto es difícil de entender.
La ley reprocha cualquier acto u omisión tendiente a la segregación o a la obstrucción, exclusión, restricción o menoscabo de ejercicios de derechos reconocidos en la Constitución Nacional, por los motivos antes señalados y por otros.
La ley reprocha la persecución y el odio a una raza o a una religión; y también la ley garantiza la libertad de expresión.
Ambos propósitos, tanto el de promover y estimular el respeto universal y efectivo de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de todos, sin distinción por motivos de raza, religión, u origen étnico; como así también el de tolerar la opinión política, libremente expresada, en razón de un pensamiento ideológico, se enmarcan en el caudal de garantías que establece el ordenamiento jurídico y que, en ambos casos, gozan de jerarquía constitucional.
La pregunta sería entonces ¿cómo compatibilizar ambos derechos? —el de no ser discriminado, por una parte, y por la otra, el de no ser molestado por ejercer el derecho de expresar libremente una opinión política—.
Considero que, si un ciudadano, o grupo de ciudadanos deciden expresar, sin violencia, su rechazo o su repudio a una determinada táctica o estrategia, poniendo el acento en un procedimiento o accionar que considera inadmisible, se estaría poniendo en tela de juicio "algo".
Ahora bien, la discriminación sería, según la ley, el hecho de atacar los derechos de quienes "son" de determinada raza o religión, por el solo hecho de serlo; no quiere decir que no se pueda criticar, rechazar o repudiar "algo que se haga" en determinada dirección. Esto no configuraría, desde mi punto de vista, un hecho de discriminación.
Pero, si a un ciudadano se le impide ejercer libremente su derecho de expresión, o se lo acosa por su opinión política, aunque ésta refleje su oposición a la influencia judía a nivel internacional, entonces sí estaríamos ante un caso de discriminación por razones ideológicas.
No demos vuelta las cosas.


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